Andalucía Acredita

¿Qué es Acredita?

Procedimiento que permite obtener una acreditación oficial a aquellas personas que tienen experiencia laboral demostrable o que han recibido formación no formal, es decir, formación realizada fuera del sistema educativo oficial, y directamente relacionada con la cualificación profesional que desea acreditar.
Procedimiento financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se realiza a través de convocatorias

  • de carácter general, dirigidas a la población general.
  • de carácter específico, derivadas de convenios de colaboración realizados con entidades u organismos que así lo hayan demandado, y dirigidas a las personas que trabajen para ellos o que cumplan unos requisitos determinados.

Acreditación que se consigue

  • Cualificación profesional completa: la persona demuestra tener todos los conocimientos y capacidades necesarias para dar respuesta a una determinada ocupación o puesto de trabajo.Niveles: 1, 2 ó 3, según el grado de conocimiento, autonomía y responsabilidad requerido para  realizar la actividad laboral. Posibilidad de solicitar el correspondiente certificado de profesionalidad, si existiese.
  • Unidades de competencia de una cualificación profesional: la persona demuestra tener algunos de los conocimientos y capacidades necesarias para dar respuesta a una determinada ocupación o puesto de trabajo. Una cualificación profesional, por tanto, está compuesta por varias unidades de competencia.

Acreditación que se consigue

  • Territorio nacional.

En Andalucía, el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales se denomina «Andalucía Acredita». Para cualquier información relacionada con el mismo puede realizar su consulta en la dirección de correo electrónico informacionacredita.ced@juntadeandalucia.es.

*Hasta tanto no se proceda al desarrollo reglamentario de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, en relación con el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, mantendrá su vigencia la ordenación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales recogida en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.